Condiciones laborales de tu empleada del hogar

Los cambios en la sociedad, la falta de tiempo y el hecho de querer hacer más actividades, a hecho que en los últimos años se haya producido un aumento de los hogares que contratan empleadas domésticas en Sant Cugat. Estas empleadas del hogar se pueden contratar de forma particular o a través de agencias, con la segunda opción las cosas son bastantes más sencillas ya que se encargan de todo por ti. Tanto de informarse de la experiencia, de la formación y de las cualidades de la persona que da el servicio como de mantener todo el papeleo, que tan poco nos gusta hacer a nosotros, al día, para hacerlo todo de la manera correcta.

Régimen laboral

Las empleadas domésticas en Sant Cugat estas sujetas a un régimen laboral especial, conforme a la regulación surgida en el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, en el que se regula la relación laboral de carácter general del servicio del hogar familiar.

Gracias a este decreto los trabajadores tienen derecho a una indemnización cuando finaliza la relación laboral, y cotiza para tener derecho a prestación en caso de enfermedad o accidente laboral. Esto es en concreto para trabajadores que realizan tareas domésticas, cuidado o atención de los miembros de la familia y otros trabajadores. Pero esto no incluye a trabajadores contratados por empresas de trabajo temporal, instituciones públicas o empresas privadas.

Los contratos de trabajo de las empleadas domésticas en Sant Cugat se deben formalizar por escrito, y siempre deben tener una duración superior a cuatro semanas. Si es de una duración menor puede ser directamente un contrato verbal. También pueden llegar a hacerse por un tiempo indefinido.

En este contrato laboral se debe dejar claro el sistema retributivo salarial y las prestaciones salariales en especies, el horario de trabajo y el régimen de pernoctas del empleado de hogar en el domicilio.

A las empleadas domésticas en Sant Cugat se les puede poner un periodo de prueba de hasta dos meses, dentro de este tiempo cualquiera de las dos partes puede extinguir la relación laboral sin preaviso, a no ser que se haya pactado anteriormente.

El salario mínimo que deben cobrar es también el Salario Mínimo Interprofesional como cualquier trabajador. Y su jornada máxima tampoco puede superar las 40 horas semanales. También tienen derecho a sus respectivos periodos de descanso.

Con esta información demostramos que es mejor contratar a una empleada doméstica a través de una agencia que se encargue de toda la gestión. Nosotros recomendamos Home Personal Services, que cuenta con una amplia experiencia desde 1991, profesionalidad,  tramitación legal y cobertura los 365 días del año.

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